La Responsabilidad Legal Hereditaria
¿ Creiamos que nuestra responsabilidad civil se limitaba al ámbito personal y que al morir, nuestros problemas profesionales morían con nosotros?
¿ Creíamos que nuestros deudos quedaban al márgen de todo?
Pues estábamos equivocados,el código civil extiende a 15 años el tiempo de prescripción de las acciones personales que se cuenta no desde que ocurrió el daño o se produjo el perjuicio, sino desde que la acción pudo ejercitarse.
Hoy ha aparecido en los despachos de los abogados,un nuevo tipo de cliente. Se trata de la viuda y herederos de profesionales de la odontología, sorprendidos por la citación de un juez, por una demanda que le ha puesto un paciente al dentista muerto.
Leer este interesante artículo redactado por el despacho de abogados De Lorenzo, para que salgamos de dudas.
Responsabilidad Civil Hereditaria.pdf
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